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Arte y Letras
Son 27 las actividades económicas asociadas a la cultura y creatividad que la Alcaldía Mayor de Bogotá ha habilitado su ejercicio.
Con la expedición del Decreto 143 del 2020, y la firma del nuevo Decreto 164 de 2020, son 27 las actividades económicas asociadas a la cultura y creatividad que la Alcaldía Mayor de Bogotá ha habilitado su ejercicio.
A las ya establecidas en el primer decreto (como edición de libros, periódicos y revistas, publicidad, agencias de noticias y más), con este nuevo se le suman actividades como la creación musical, audiovisual, teatral y literaria, artes plásticas y visuales, actividades teatrales y de espectáculos musicales en vivo, producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, entre otras.
Sobre esto, el secretario de Cultura, Recreación y Deporte de la Alcaldía de Bogotá, Nicolás Montero Domínguez, aclaró que “estamos listos” para que el sector cultural pueda ir retomando las actividades económicas con responsabilidad.
“Si bien en principio no tendremos aglomeración de público, los creadores sí podrán retomar sus procesos y actividades y esperamos muy pronto sea seguro que todos podamos encontrarnos a disfrutar, privilegiando los pequeños formatos. Con este nuevo paso, los distintos agentes del sector cultural podrán seguir creando como hasta ahora, haciendo de la creación y la cultura un impulso a las transformaciones y cambios que esta nueva realidad nos convoca a promover e impulsar y que todos como sociedad estamos llamados a rodear e incluirlo de manera evidente en nuestras prácticas cotidianas”, añadió.
Para poder operar, es importante que las empresas y organizaciones tengan en cuenta que deben cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos por el gobierno nacional y local, como el debido registro en la plataforma Reactivación Económica de Bogotá; considerar el horario permitido del desarrollo de estas actividades (entre 10:00 a.m. a 5:00 a.m.); y que las compañías dedicadas a la creación literaria o teatral deban establecer modalidades de trabajo en casa.
Los pasos a seguir para el registro en dicha plataforma son: consultar en la página los protocolos del orden nacional y distrital que han sido expedidos; verificar que la actividad económica a realizar esté incluida dentro del Decreto Distrital 143 o 164 de 2020; si está habilitada, confirmar el horario o modalidad para su funcionamiento en la sección ‘Actividades permitidas para funcionar según horarios’; luego de las verificaciones, registrar la actividad en la sección ‘Registro de empresas’ en el botón ‘Empresas de actividades Culturales y Creativas’; y se deberá suministrar la información correspondiente a la movilidad de cada trabajador a cargo en el formulario Bogotá viaja seguro en cuarentena.
Con esta información, la Alcaldía Mayor de Bogotá validará el registro y emitirá respuesta por medio del correo electrónico para notificaciones que se agregue en el formulario.
Todas las actividades culturales y creativas permitidas por los Decretos 143 y 164 de 2020 son:
Info.: culturarecreacionydeporte.gov.co
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